Convocatoria 2026 · Resuelvo Segundo
Beneficiarios de las ayudas de promoción exterior CV 2026
Pueden solicitar la ayuda las empresas y agrupaciones de interés económico con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana. Con carácter general la convocatoria se dirige a pymes, salvo dos excepciones específicas.
Tres rutas de acceso
Quién puede ser beneficiario según el caso
La convocatoria distingue tres situaciones distintas. La regla general es la primera; las otras dos son excepciones que abren el acceso a empresas no pymes para casos concretos.
Pymes valencianas (regla general)
Empresas con personalidad jurídica propia, domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana, productos propios y condición de pyme según el Reglamento UE 651/2014. Es la vía de acceso para la mayoría de las acciones subvencionables.
Empresas (todas) para mercado USA
Para las acciones orientadas al mercado estadounidense, la convocatoria se abre a todo tipo de empresas valencianas, no solo pymes. Esto incluye gestión de trámites legales, ferias en EE.UU. y desplazamientos para implantación.
Empresas (todas) por conflicto de Irán
Los gastos derivados del conflicto de Irán (estadía en puertos, cancelaciones, movimiento de contenedores, etc.) también están abiertos a todo tipo de empresas valencianas, no solo pymes, con un máximo de 20.000 € por empresa.
Concepto pyme
Qué se considera pyme en esta convocatoria
La definición sigue el Reglamento UE 651/2014 de la Comisión Europea. Para ser considerada pyme, la empresa tiene que cumplir las dos condiciones siguientes.
El cómputo de personas empleadas y los límites financieros se calculan según las reglas del Anexo I del Reglamento UE 651/2014, que incluye reglas específicas para empresas asociadas o vinculadas a otras.
Condiciones para ser pyme
- ✓Empleo: menos de 250 personas empleadas en plantilla.
- ✓Facturación: volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros.
- ✓O balance: balance general anual no superior a 43 millones de euros.
Hay que cumplir el primer requisito (empleo) y alguno de los dos financieros (facturación o balance).
¿Tu empresa cumple los requisitos?
Lo revisamos contigo antes de presentar la solicitud
En Innóvate 4.0 analizamos tu caso para confirmar si encajas como beneficiario y por qué vía de acceso debes presentar la solicitud.
Requisitos comunes
Condiciones que cumple cualquier beneficiario
Independientemente de la ruta de acceso, todas las empresas beneficiarias deben cumplir estos requisitos básicos.
Personalidad jurídica propia
La empresa debe tener personalidad jurídica reconocida (sociedad mercantil, autónomo con actividad económica, agrupación de interés económico, etc.).
Domicilio social y fiscal en CV
Tanto el domicilio social como el fiscal deben estar en la Comunitat Valenciana. No vale solo tener una oficina o establecimiento; tiene que ser la sede legal de la empresa.
Productos propios
La empresa debe contar con bienes o servicios propios. Las empresas dedicadas exclusivamente a distribución o intermediación quedan fuera (con excepciones).
Al corriente con Hacienda y Seguridad Social
Es imprescindible estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.
Exclusiones
Quién NO puede ser beneficiario
Hay varios casos en los que la empresa, aunque tenga domicilio en la Comunitat Valenciana, no puede acogerse a esta convocatoria. Conviene revisarlos antes de empezar a preparar la documentación.
Empresas excluidas explícitamente
- ×Beneficiarias INTDAN 2025 o solicitantes INTDAN 2026: empresas afectadas por la dana de 2024 que ya recibieron o están solicitando ayudas en esa convocatoria específica.
- ×Distribuidoras o intermediarias: empresas que solo se dedican a distribución o intermediación, salvo que formen parte de un grupo empresarial y se trate de productos propios fabricados por una empresa del grupo.
- ×Corporaciones, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales: aunque tengan personalidad jurídica, no se consideran beneficiarias en esta convocatoria.
- ×Empresas con minimis ya superado: empresas que en los últimos 3 años hayan recibido ayudas minimis por importe igual o superior a 300.000 €.
- ×Empresas con prohibición legal: incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (deudas con la Generalitat por reintegro, condenas firmes, etc.).
Casos especiales
Situaciones que conviene tener en cuenta
Empresas vinculadas
Si dos empresas vinculadas comercializan productos con el mismo nombre comercial, solo una puede solicitar la ayuda. A efectos de minimis, las empresas vinculadas se consideran una única empresa.
Agrupaciones de Interés Económico
Las AIE pueden ser beneficiarias siempre que tengan personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en la CV y su objeto se limite a una actividad económica auxiliar de la que desarrollen sus socios (Ley 12/1991).
Regla minimis: 300.000 € en 3 años
La ayuda se acoge al régimen de minimis (Reglamento UE 2831/2023). El importe total de ayudas minimis recibidas por la empresa en cualquier periodo de 3 años no puede superar 300.000 €.
Test rápido
¿Tu empresa puede ser beneficiaria? Repaso en 6 puntos
- 1¿Tiene personalidad jurídica propia (sociedad o autónomo)?
- 2¿El domicilio social y fiscal están en la Comunitat Valenciana?
- 3¿Cuenta con productos o servicios propios (no solo distribución)?
- 4¿Es pyme, o las acciones que vas a presentar son para mercado USA o conflicto Irán?
- 5¿Está al corriente con Hacienda y Seguridad Social?
- 6¿Las ayudas minimis recibidas en 3 años son inferiores a 300.000 €?
Si has respondido «sí» a las seis preguntas, tu empresa cumple los requisitos básicos para presentar la solicitud.
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Otros bloques que tienes que conocer
Objetivo
Por qué se convoca esta ayuda y qué encaje tiene tu empresa con el plan estratégico de la Generalitat.
Ver objetivo → ◉Gastos subvencionables
Acciones apoyables y sus límites: ferias, marketing, marca, personal y consultoría estratégica.
Ver gastos → ◇Plazo
Del 11 de mayo al 15 de junio de 2026. Solicitud y justificación se presentan en un único acto telemático.
Ver plazo →Tramitación de la solicitud
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En Innóvate 4.0 verificamos que tu empresa encaja como beneficiaria, identificamos la vía de acceso correcta y preparamos toda la documentación dentro de plazo.