Convocatoria 2026 · Resuelvo Noveno
Plazo de las ayudas de promoción exterior CV 2026
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas a la internacionalización de empresas exportadoras de la Comunitat Valenciana 2026 es del 11 de mayo al 15 de junio de 2026, ambos incluidos. La presentación es exclusivamente telemática.
Línea de tiempo
¿Dónde estamos en el plazo?
La línea muestra automáticamente cuántos días faltan para la apertura del plazo o, si ya está abierto, cuántos días quedan hasta el cierre.
Fechas clave
Las tres fechas que tienes que controlar
Hay tres bloques temporales en esta convocatoria, y conviene no confundirlos: plazo de solicitud, periodo subvencionable y plazo de resolución.
Plazo de solicitud
Del 11 de mayo al 15 de junio de 2026, ambos incluidos. Es la ventana en la que se puede presentar la solicitud junto con la justificación. Solo telemática, no se admite papel.
Periodo subvencionable
Del 1 de junio de 2025 al 31 de mayo de 2026. Las acciones (ferias, marketing, contratación, etc.) tienen que haberse realizado y pagado dentro de este periodo para poder incluirse en la solicitud.
Plazo de resolución
3 meses desde el cierre del plazo. La Administración tiene hasta el 15 de septiembre de 2026 para dictar y notificar la resolución. Pasado ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada (silencio negativo).
Importante · Particularidad de esta convocatoria
La solicitud y la justificación se presentan en un único acto
A diferencia de la mayoría de ayudas públicas, en esta convocatoria no hay un plazo de solicitud y otro posterior de justificación: las dos cosas se entregan a la vez, dentro del plazo del 11 de mayo al 15 de junio de 2026.
Esto significa que cuando presentes la solicitud, ya tienes que haber recopilado todas las facturas, justificantes de pago, contratos, memoria del plan y relación de gastos en el Excel oficial. Empezar a recopilar el último día no es viable.
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Presentación
Cómo se presenta la solicitud
La solicitud se presenta exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana. No se admiten solicitudes en papel ni por otros canales.
Para firmar electrónicamente se necesita un certificado reconocido o cualificado: certificado de entidad (personas jurídicas), certificado de ciudadanía, DNI electrónico o alguno de los emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Requisitos técnicos imprescindibles
- ✓Certificado electrónico reconocido o cualificado en vigor.
- ✓Acreditar representación suficiente si se actúa en nombre de otra persona o entidad.
- ✓Una única solicitud por entidad (si se presentan dos, solo vale la última).
- ✓Toda la documentación firmada electrónicamente, excepto el Excel de relación de gastos.
- ✓Trámite oficial: Guía PROP de la Generalitat, procedimiento ID 16796.
Subsanación
Y si falta algún documento ¿qué pasa?
Si la solicitud no reúne los requisitos o falta documentación, la Administración da un plazo de subsanación. Pero hay que cumplirlo o se considera desistida la petición.
10 días para subsanar
La Administración requiere que se aporten los documentos que faltan o se corrijan los errores en un plazo máximo de 10 días desde la notificación del requerimiento.
Solo telemáticamente
La documentación de subsanación también debe aportarse de forma telemática. Cualquier otro formato no es válido y se da por no presentada.
Si no se subsana, desistido
Si en el plazo de 10 días no se aportan los documentos requeridos, se entiende que el solicitante desiste de su petición y la Administración archiva el expediente.
Recursos disponibles
Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de la Comunitat Valenciana en 2 meses.
Sigue informándote
Otros bloques relevantes para tu solicitud
Beneficiarios
Quién puede solicitar la ayuda: pymes valencianas con productos propios y excepciones para mercado USA.
Ver beneficiarios → ◉Gastos subvencionables
Acciones apoyables y sus límites: ferias, marketing, marca, personal y consultoría estratégica.
Ver gastos → ◎Cuantía de la ayuda
Hasta el 50% del coste elegible con un presupuesto máximo de 100.000 € por empresa solicitante.
Ver cuantía →Tramitación de la solicitud
El plazo termina el 15 de junio de 2026
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