Convocatoria 2026 · Resuelvo Duodécimo

Cuantía de las ayudas de promoción exterior CV 2026

Las ayudas pueden alcanzar hasta el 50% del coste elegible (IVA excluido), con un presupuesto máximo elegible a solicitar de 100.000 € por empresa. La cuantía final se calcula tras aplicar la puntuación obtenida y el prorrateo entre expedientes admitidos.

Hasta 50% del coste elegible Presupuesto máx. 100.000 € por empresa 15,36 M€ presupuesto total 2026

Cálculo de la ayuda

La fórmula sobre el papel

De forma simplificada, la cuantía máxima teórica que puede recibir una empresa funciona así:

50% sobre 100.000 € de presupuesto elegible

= hasta 50.000 €

Subvención máxima teórica por empresa solicitante

Atención: esta es la cifra máxima teórica. La cuantía real depende de la puntuación obtenida por el expediente y del prorrateo entre todas las solicitudes admitidas a trámite.

Tres factores

Cómo se calcula la subvención efectiva

La cuantía final que recibe cada empresa se determina combinando tres elementos: el presupuesto solicitado, la puntuación obtenida en la valoración y el prorrateo del crédito disponible entre todos los beneficiarios.

01

Presupuesto elegible solicitado

Es la suma de todos los gastos subvencionables que la empresa incluye en la solicitud, dentro del tope de 100.000 €. Si solicitas menos, recibes proporcionalmente menos.

02

Puntuación obtenida

Cada solicitud recibe una puntuación de 0 a 100 puntos según los criterios de valoración (tamaño, internacionalización, memoria, diversificación, responsabilidad social).

03

Prorrateo del crédito disponible

El crédito total de 15,36 M€ se reparte entre los expedientes admitidos. Una parte se asigna por esfuerzo económico y otra en proporción a la puntuación obtenida.

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Fórmula oficial del prorrateo

Cómo se reparte el crédito disponible

El reparto proporcional del crédito está definido en la base 14.5 de las bases reguladoras (Resolución de 2 de mayo de 2025). Se aplica de la siguiente forma:

◈ A

15% por esfuerzo económico

A todas las empresas admitidas se les asigna automáticamente un 15% de su presupuesto elegible solicitado. Es la parte fija que reconoce el compromiso de inversión de la empresa.

◇ B

El resto, proporcional a los puntos

El crédito restante (después del 15% inicial) se reparte entre los expedientes admitidos en proporción directa a la puntuación obtenida por cada uno frente al total de puntos del conjunto.

Fórmula aplicada al reparto

Subvención por expediente =

(Crédito disponible − 15% del total presupuesto elegible solicitado)
× (n.º puntos del expediente) ÷ (total puntos expedientes admitidos)

Importes que excedan los límites: si algún expediente, tras aplicar la fórmula, supera el 50% del presupuesto solicitado o cualquier otro tope, el sobrante se redistribuye entre el resto de expedientes admitidos aplicando la misma fórmula.

Concurrencia competitiva

No todas las solicitudes reciben lo mismo

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva. Esto significa que las solicitudes compiten entre sí por un crédito limitado y se ordenan por puntuación.

Cuanto mejor esté preparada la memoria del plan de internacionalización, más alta sea la puntuación en los criterios de valoración y más coherente sea el conjunto de la solicitud, mayor es la cuantía efectiva que se acaba recibiendo.

Qué influye en la puntuación

  • ✓Tamaño de la empresa: 25 puntos máximo.
  • ✓Grado de internacionalización: 20 puntos.
  • ✓Calidad de la memoria del plan: 20 puntos.
  • ✓Diversificación (acciones y mercados): 25 puntos.
  • ✓Responsabilidad social: 10 puntos.

Ver el detalle completo de los criterios →

Régimen de minimis

El techo de 300.000 € en 3 años

Esta convocatoria se acoge al régimen europeo de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 2831/2023. Es importante conocer este régimen porque establece un tope total que afecta a la suma de todas las ayudas públicas recibidas.

01

Límite global: 300.000 €

El importe total de ayudas minimis recibidas por una empresa en cualquier periodo de 3 años no puede superar 300.000 €. Si lo supera, no puede acceder a esta ayuda.

02

Cuándo se considera concedida

La ayuda minimis se considera concedida en el momento en que se confiere a la empresa el derecho legal a recibirla, con independencia de la fecha de pago efectivo.

03

Empresas vinculadas: una sola

A efectos del cálculo del minimis, las empresas vinculadas se consideran una única empresa. Suman las ayudas recibidas por todas las empresas del grupo.

Compatibilidad

Acumulación con otras ayudas

La ayuda es compatible con otras subvenciones públicas, pero hay reglas específicas sobre cómo pueden acumularse según el tipo de ayuda y los costes financiados.

  • ✓Con otras minimis: compatible, siempre que la suma total no supere los 300.000 € en 3 años.
  • ✓Con minimis Reglamento UE 2023/2832: compatibilidad permitida.
  • ✓Con minimis Reglamento UE 1408/2013 y 717/2014: acumulables hasta el límite del Reglamento UE 2831/2023.
  • ×Con ayudas estatales para los mismos costes: no acumulables si exceden la intensidad máxima permitida o el importe correspondiente fijado por reglamento de exención por categorías.

Pago

Cuándo y cómo se cobra la ayuda

Una vez resuelta la concesión, la Generalitat tramita el pago de la subvención según lo dispuesto en la base 19 de las bases reguladoras (Resolución de 2 de mayo de 2025).

La empresa beneficiaria debe tener cumplimentados los datos de domiciliación bancaria mediante el trámite PROPER, accesible desde la sede electrónica de la Generalitat. Sin este paso, no es posible procesar el pago.

Plazos de resolución y pago

  • ✓Resolución: hasta 3 meses desde el cierre del plazo (15 de septiembre de 2026).
  • ✓Notificación: publicación en DOGV y web de la Conselleria.
  • ✓Pago: tras la resolución de concesión, según base 19 de las bases.
  • ✓Domiciliación bancaria: imprescindible tener completado el trámite PROPER previamente.

Tramitación de la solicitud

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